Obras sociales y prepagas tendrán que aumentar la cobertura en alimentos sin TACC

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Los productos aptos para celíacos son cada día más comunes; es muy frecuente ver góndolas especiales en dietéticas, almacenes, e incluso supermercados, al tiempo que han proliferado los locales que venden únicamente este tipo de artículos.

Dado que padecen una intolerancia al gluten -una proteína que contienen el trigo, la avena, la cebada y el centeno (TACC)-, es de suma importancia que consuman productos que no lo contengan. Así, su alimentación se basa, obviamente, en alimentos aptos para celíacos.

El problema son los precios, ya que se trata de productos más caros que los artículos alimenticios que consumen quienes no padecen celiaquía. Precisamente por este motivo, en Argentina hay una ley que apunta a beneficiar a los pacientes celíacos desde diversos puntos de vista, entre los que se encuentran la cobertura de los alimentos que ellos necesitan consumir.

Uno de los artículos de esta norma prevé que «las obras sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, la obra social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las personas con celiaquía, que comprende el tratamiento de la misma, incluyendo las harinas, premezclas u otros alimentos industrializados en su condición de libres de gluten».

En este contexto, la Secretaría de Gobierno de Salud anunció, a través del Boletín Oficial, un aumento del 87% en el reintegro que reciben quienes padecen esta patología. De esta forma, el monto de cobertura pasará de 479,26 pesos a 900,09 pesos por mes. El objetivo es ayudar a las personas celíacas a comprar alimentos libres gluten, es decir, sin TACC.

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