Serán 12 fechas inamovibles por Carnaval, acontecimientos históricos y fiestas religiosas, y otras 4 que se trasladan para tener 8 fines de semana largos
Ministerio del Interior de la Nación publicó un listado de llos feriados para los próximos 12 meses.
En el último día del año, a través de las redes sociales, presentó el calendario con todos los nuevos días libres.
Serán 12 feriados inamovibles, por carnaval, celebraciones de acontecimientos históricos y fiestas religiosas, más 4 que se trasladan para alcanzar 8 fines de semana largos.
Mes por mes, las fechas serán las siguientes:
Enero
– Martes 1. Año nuevo. Feriado inamovible.
Febrero
– No hay feriados.
Marzo
– Lunes y martes 4 y 5. Carnaval. Feriado inamovible.
– Domingo 24. Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Feriado inamovible.
Abril
– Martes 2. Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Feriado inamovible.
– Jueves 18. Jueves Santo. No laborable.
– Viernes 19. Viernes Santo. Feriado inamovible. Fin de semana largo de Pascua.
– 19, 20, 21, 25, 26 y 27. Pascuas Judías. No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399
– Miércoles 24. Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos, en conmemoración del genocidio armenio. No laborable para empleados y funcionarios de organismos públicos y alumnos de origen armenio. Ley N° 26.199
Mayo
– Miércoles 1. Día del Trabajador. Feriado inamovible.
– Sábado 25. Día de la Revolución de Mayo. Feriado inamovible.
Junio
– Martes 4. Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica. Ley 23.399.
– Lunes 17. Día Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes. Fin de semana largo.
– Jueves 20. Día Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano. Feriado inamovible.
Julio
Lunes 8. Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.
– Martes 9. Día de la Independencia. Feriado inamovible.
Agosto
– Domingo 1. Fiesta del Sacrificio. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica. Ley 23.399.
– Sábado 17. Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín.
– Lunes 19. Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.
– Sábado 31. Año Nuevo Islámico. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica. Ley 23.399
Septiembre
– Domingo y lunes 29 y 30. Año Nuevo Judío. No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
Octubre
– Martes 1. Año Nuevo Judío (Rosh Hashaná). No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
– Martes y miércoles 8 y 9. Día del Perdón (Iom Kipur). No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
– Sábado 12. Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
– Lunes 14. Día no laboral con fines turísticos.
Noviembre
– Lunes 18. Día de la Soberanía Nacional (20/11, se adelanta).
Diciembre
– Domingo 8. Inmaculada Concepción de María. Feriado inamovible.
– Miércoles 25. Navidad. Feriado inamovible.
El calendario completo de feriados inamovibles y trasladables y los días no laborables se pueden consultar en la página web oficial del Ministerio.