ARCA adelantó fechas de vencimientos de impuestos.

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El adelanto de las fechas de vencimientos de impuestos de ARCA se hizo oficial a través de la Resolución General 5787/2025.

ARCA establece con carácter de excepción, el día 25 de noviembre de 2025 como fecha de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas y el ingreso de las obligaciones tributarias con vencimientos fijados originalmente para los días 26 y 27 de noviembre del corriente año, conforme se detalla a continuación:

1. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO:

1.1. Régimen general: presentación de la declaración jurada mensual e ingreso del saldo resultante correspondientes al período fiscal octubre de 2025 -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) finalizadas en 8 y 9-..

1.2. Micro y Pequeñas Empresas: presentación de la declaración jurada del período fiscal octubre de 2025 e ingreso diferido del saldo resultante del período fiscal agosto de 2025 -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) finalizadas en 8 y 9-..

1.3. Actividad agropecuaria: presentación de la declaración jurada del período fiscal octubre de 2025 e ingreso anual del gravamen correspondiente a ejercicios con cierre en octubre de 2025 -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) finalizadas en 8 y 9-.

2. IMPUESTO A LAS ENTRADAS DE ESPECTÁCULOS CINEMATOGRÁFICOS (empresas o entidades exhibidoras de películas cinematográficas): ingreso del impuesto determinado correspondiente a la localidad o boleto entregado en el período comprendido entre el 16 y el 22 de noviembre de 2025, ambos inclusive -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT): todas las terminaciones-..

3. IMPUESTOS INTERNOS – CIGARRILLOS (empresas manufactureras e importadores de cigarrillos): presentación de la declaración jurada e ingreso del gravamen correspondientes al expendio de los productos realizados en el período comprendido del 11 al 20 de noviembre de 2025, ambos inclusive -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT): todas las terminaciones-.

4. IMPUESTO ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS (empresas manufactureras e importadores de cigarrillos): presentación de la declaración jurada e ingreso del gravamen correspondientes al expendio de los productos realizados en el período comprendido del 11 al 20 de noviembre de 2025, ambos inclusive -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT): todas las terminaciones-.

5. REGÍMENES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN: ingreso del importe total de las retenciones y/o percepciones impositivas y de la seguridad social practicadas entre los días 1 y 15 de noviembre de 2025, ambas fechas inclusive -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) finalizadas en 4, 5, 6, 7, 8 y 9-

En tanto, ARCA establece, con carácter de excepción, el día 26 de diciembre de 2025 como fecha de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas y el ingreso de las obligaciones tributarias con vencimiento fijado originalmente para el día 29 de diciembre del corriente año.

1. IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO – Régimen de anticipos: ingreso del segundo anticipo diciembre de 2025 -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT): todas las terminaciones-. 

2. IMPUESTOS INTERNOS – CIGARRILLOS (empresas manufactureras e importadores de cigarrillos): presentación de la declaración jurada e ingreso del gravamen correspondientes al expendio de los productos realizados en el período comprendido del 11 al 20 de diciembre de 2025, ambos inclusive -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT): todas las terminaciones-. 

3. IMPUESTO ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS (empresas manufactureras e importadores de cigarrillos): presentación de la declaración jurada e ingreso del gravamen correspondientes al expendio de los productos realizados en el período comprendido del 11 al 20 de diciembre de 2025, ambos inclusive -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT): todas las terminaciones-. 

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