Mediante la Resolución 780/2024,el Ministerio de Economía encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dejar sin efecto los regímenes de retención del impuesto al valor agregado y del impuesto a las ganancias, para los pagos electrónicos que se efectúen a partir del 1 de septiembre de 2024, inclusive.
En consecuencia, el organismo fiscal, a través de la Resolución General 5554/2024, publicada en el Boletín Oficial, derogó los mencionados regímenes que habían sido establecidos en las Resoluciones Generales (AFIP) 140/1998, 4011/2017 y 4622/2019.
La medida implica que los comerciantes, locadores o prestadores de servicios que cobren mediante tarjeta de crédito, compra, pago o de débito, no serán retenidos en los pagos que les efectúen las administradoras de tarjetas y demás entidades a partir del 1 de septiembre.
La medida representa un enorme beneficio para el sector privado formal que no sufrirá ninguna detracción tributaria nacional al recibirlos.