La Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP) extendió la suspensión de la traba de medidas cautelares hasta
el 31 de diciembre de 2019 a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas,
inscriptas como tal en el «Registro de Empresas MiPyMES».
La medida se publicará próximamente en el Boletín Oficial,
informó hoy el organismo en un comunicado.
La extensión del plazo alcanza también a aquellos
contribuyentes que se encuentren caracterizados en el «Sistema
Registral» como «Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I
y II».
La AFIP ya había suspendido la traba de medidas cautelares
hasta el 30 de noviembre.
Anteriormente, había flexibilizado los mecanismos para
levantar los embargos, incorporando la figura de la dación en pago, que permite
utilizar los fondos embargados para cancelar las obligaciones impositivas y/o
de los recursos de la seguridad social reclamadas en una ejecución fiscal.